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lunes, 10 de mayo de 2010

REGLAMENTO INTERNO DEL CLUB


 INTRODUCCIÓN
Este régimen interno recoge unas reglas especificas de conducta, de respeto a los demás y al mantenimiento de una imagen que conserve el interés de los patrocinadores, deportistas, padres, madres y simpatizantes en general, y consiga las mejores relaciones personales entre todos los componentes del Club Deportivo de Alba de Tormes, este es el único objetivo del presente Reglamento de Régimen Interno.
Dado que es imposible, naturalmente, cubrir con una regla especifica todas las situaciones que puedan surgir, todos/as los componentes del Club Deportivo de Alba de Tormes, deben recordar que siempre se espera de ellos/as un comportamiento de acuerdo a los más altos niveles de honestidad, moralidad, educación, juego limpio, y de imagen. Conducta que en ningún momento pueda lesionar los intereses y la propia imagen del Club Deportivo de Alba de Tormes
Como miembros de una asociación la imagen que todos los componentes del club, proyectan hacia el exterior puede no solo afectar su propia conducta sino también tener importantes consecuencias para sus compañeros/as y su club.
El presente reglamento de régimen interno afectará a técnicos, deportistas, delegados/as, socios/as y a todas aquellas personas que tienen relaciones con el Club Deportivo de Alba de Tormes, con independencia que posean contrato de trabajo, beca de formación o su relación sea de tipo voluntario.
La conducta de todos/as los relacionados/as en el párrafo anterior deberá ser ejemplar, ya que son la imagen externa del club, por lo que sus declaraciones y comportamiento frente a los medios de comunicación, patrocinadores, socios, árbitros, deportistas y técnicos de equipos rivales, así como el público en general, serán empleando la mayor discreción posible, y evitando herir la susceptibilidad de cualquiera de los afectados/as.
Este régimen interno recoge las situaciones normales de comportamiento, en los distintos ámbitos: entrenamientos, desplazamientos, partidos, etc...., todas aquellas no recogidas, y que puedan dar lugar a conductas sancionables, serán interpretadas por los miembros de la junta directiva de la entidad.
CAPITULO 1
ENTRENAMIENTOS
La dirección deportiva del Club establecerá los días de la semana y la duración de los entrenamientos que deberán realizar cada uno de los equipos que forman parte del Club.
El entrenador/a previo acuerdo con el director deportivo y con los deportistas podrán variar estas condiciones, comunicando cualquier cambio con la suficiente antelación.
Es obligatoria la asistencia a todos los entrenamientos, salvo los que previamente el deportista haya acordado con el entrenador/a de no asistir.
Si un deportista no puede asistir a un entrenamiento a causa de una enfermedad o algún imprevisto deberá comunicarlo al entrenador/a con la suficiente antelación, nunca el mismo día del entrenamiento, salvo causa de fuerza mayor.
Los deportistas deberán acudir al entrenamiento con la antelación suficiente como para poder saltar al terreno de juego o cancha, perfectamente equipados, a la hora designada como inicio del entrenamiento.
Serán los deportistas y el entrenador/a de cada equipo los responsables y encargados/as de ayudar y guardar el material necesario haciendo buen uso de él y concienciándose que es suyo y para su bien. (Habrá que tener siempre ordenada la sala de material)
Se exigirá buena actitud en el entrenamiento tanto a los deportistas como al entrenador/a.
La instalación debe ser cuidada al máximo. Ser respetuosos/as con los trabajadores, pidiendo todo con exquisita educación.
No se permitirán en los entrenamientos que entrene cualquier persona no vinculada al club salvo autorización del entrenador/a o director deportivo.
CAPITULO 2
EQUIPAMIENTO Y VESTIMENTA
En todos los partidos, entrenamientos u otros actos en los que se represente Club Deportivo de Alba de Tormes, será obligatorio utilizar el material deportivo entregado por el club. Cuando a un deportista o entrenador/a no le vaya bien una prenda entregada por el club, podrá pedir permiso al entrenador/a o al director deportivo para usar otra.
La ropa es responsabilidad del deportista . El entrenador/a controlará con los deportistas el buen estado de las prendas.
Durante cualquier actividad deportiva que desarrolle el club habrá que ir perfectamente uniformados y ningún deportista podrá llevar cualquier tipo de joya (anillos, pulseras, pendientes, collares...), o cualquier otro tipo de objeto que por sus características puedan causar daño a sus compañeros o adversarios.
Durante los partidos, según la reglamentación vigente, no se permitirán camisetas de otro color por debajo de la oficial del equipo, ni pantalones de otro color, que sobresalgan por debajo de los oficiales del equipo. También la camiseta debe ir situada por dentro del pantalón.
Si algún deportista necesitara llevar camiseta de otro color pedirá permiso
Queda terminantemente prohibido utilizar equipaciones de juego en entrenamientos o en otros sitios, salvo autorización expresa de director deportivo.
La equipación (camiseta/s y pantalón/es) se entregará a los jugadores al comienzo de cada temporada, y será devuelta obligatoriamente al final de la misma al encargado del material del Club, con el fin de reutilizarla.
Para los deportistas y entrenadores del Club que utilicen las instalaciones del pabellón, será obligatorio el uso de unas zapatillas distintas a las utilizadas en la calle.
CAPITULO 3
PARTIDOS
El entrenador/a fijará la hora a la que esta citado el equipo y habrá que ajustarse para que todos/as sean puntuales.
Los deportistas deberán saltar al terreno de juego perfectamente equipados.
Durante el encuentro se acatarán y se obedecerán con respeto y prontitud las decisiones de los árbitros.
El comportamiento hacia el rival, publico, auxiliares de campo, etc. , deberá ser exquisito.
Al terminar el partido, inmediatamente todos los deportistas acudirán a saludar a los rivales, equipo arbitral, público o juntarán las manos, de acuerdo con las instrucciones del entrenador/a.
Los deportistas y entrenadores no podrán participar en ningún tipo de competición oficial o amistosa ajenas al club, salvo permiso expreso del director deportivo con previo acuerdo de la Junta Directiva.
Durante un partido se exige un ambiente de grupo tal que así:
Los deportistas estarán sentados en el banquillo o en su prolongación.
Habrá siempre un ambiente de atención y ánimos a los que juegan.
No se podrá abandonar la zona de banquillo, salvo permiso del entrenador/a.
Las personas que acudan a animar a los equipos del Club y que tengan representación en él, padres, madres familiares o amigos, nunca se dirigirán ni al arbitro, ni a los auxiliares, ni al entrenador y ni a los jugadores tanto del Club como del equipo rival, y su comportamiento deberá ser educado y respetuoso, afectando su conducta directamente sobre el miembro o miembros del Club a los que represente.
Las sanciones económicas que sean impuestas al Club y vengan provocadas por una aptitud antideportiva de cualquier persona perteneciente al Club (socios, técnicos, jugadores), serán abonadas por la persona /as implicada /as en la sanción.
En los partidos de casa los deportistas serán los encargados/as de ayudar en la salida y recogida del material necesario para la celebración del encuentro y todo ello bajo responsabilidad del entrenador/a.
CAPITULO 4
DESPLAZAMIENTOS
En los desplazamientos, los horarios de salida, lugar, forma de desplazarse, etc, serán potestad del club y el entrenador/a; y los deportistas tendrán cumplida información, no siendo excusa, la no información.
El lugar de salida en función del desplazamiento y el medio de transporte, será dictaminado por el club.
En los desplazamientos en autobús será el director deportivo quien tenga la potestad de indicar si los deportistas pueden ir acompañados/as.
La cortesía cuando nos hallemos de viaje, es esencial. Los deportistas deberán tener comportamientos ejemplares en los coches, autobuses, instalaciones, restaurantes, etc.
El responsable máximo en los viajes será el entrenador/a y los deportistas deberán siempre informar, pedir permiso o preguntarle a él para cualquier requisito a realizar.
Los deportistas menores de edad tendrán que traer una autorización del padre/ madre/ tutor donde se responsabilicen y den permiso a sus hijos/ as sobre cualquier salida programada durante la temporada.
CAPITULO 5
CONDUCTA PERSONAL
Desde el instante en que entran a formar parte de la disciplina del Club, adquieren el derecho a la formación deportiva y humana más completa que seamos capaces de dar. Su conducta debe ser respetuosa en todo momento, ya sea hacia sus compañeros, el cuerpo técnico, el contrario, el público, los miembros de la Junta Directiva, o cualquier otra persona de su entorno. La asistencia a los partidos y a los entrenamientos es obligatoria, y las ausencias deben ser convenientemente justificadas a los entrenadores con la suficiente antelación.
Los jugadores son responsables de la conservación del material deportivo al que tienen derecho, así como del cuidado de las instalaciones en las que desarrollan su actividad.
A los deportistas les están prohibidas las bebidas alcohólicas en el periodo de concentración antes, durante y después de un partido, entrenamiento o acto deportivo del club, así como fumar tabaco o cualquier otra clase de sustancia.
Durante el desarrollo de los partidos, entrenamientos, concentraciones, etc. el deportista deberá guardar los debidos respetos hacia los entrenadores/as, cuerpo técnico, resto de componentes de la plantilla, directivos, adversarios, árbitros, público o empleados de las instalaciones o club. El comportamiento en el terreno de juego por parte del deportista deberá seguir las normas de la más estricta deportividad.
El deportista acatará cualquier orden del entrenador/a o cuerpo técnico, cuando éste se halla en sus funciones como tal, y permanecerá en la pista, concentración, banquillo, entrenamiento, reunión, etc., mientras no se le diga lo contrario.
Cualquier jugador o técnico que sea sancionado o expulsado por un acto antideportivo será sancionado por el Club.
En otros actos organizados por el club donde algún miembro no este participando pero esté como público se exigirá el mayor respeto y la mejor conducta en las gradas.
Si cualquier miembro del club se hallara metido en procesos judiciales por algún tipo de delito civil, el club lo apartaría (hasta aclaraciones) de todas las facetas que desempeñe en la entidad.
CAPITULO 6
RELACIONES CON EL CLUB
Las direcciones y números de teléfono de los socios y de los deportistas deben estar registrados en el club, así como algún dato más que se reflejará en una ficha única y personal que habrá por temporada. Cualquier alteración que sufra alguno de los datos debe ser comunicado en el plazo de 3 días. El club no facilitará, salvo petición del mismo deportista interesado/a, ninguno de estos datos a cualquier persona ajena a la entidad.
Los deportistas deberán colaborar con el club en las ventas o rifas que este organice para su financiación.
El club tendrá la facultad de elegir en cualquier momento a algún miembro que crea más conveniente para que le represente, colabore o defienda en compromisos o actos sociales contraídos por el club.
CAPITULO 7
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Al objeto de conocer todas las controversias y reclamaciones que puedan surgir, entre los distintos miembros del club (directivos, socios, deportistas o cualquier otra persona o entidad que tenga relación con el mismo) se crea la Comisión de Disciplina. Esta comisión se encargará de supervisar y atender cualquier reclamación y, en su caso, dictar la resolución pertinente, previa clasificación de la falta, aplicando la sanción que corresponda, en consonancia con lo articulado en este Reglamento. Esta comisión estará formada por el/a Presidente/a, el/la secretario/a, un miembro del equipo técnico y dos socios (que en caso de no ser voluntarios, serán designados por el/la Presidente/a.
Todas las reclamaciones se elevarán a esta Comisión y sus decisiones serán ratificadas por la Junta Directiva y respetada por todos.
Si algún miembro de esta Comisión se encuentra inmerso de forma directa o indirecta, en el proceso disciplinario, será sustituido por otro miembro nombrado por el/la Presidente/a.
Si algún miembro de la Junta Directiva se encuentra inmerso de forma directa o indirecta, en el proceso disciplinario, no podrá participar ni en las deliberaciones ni en la toma de decisiones, que afecten al procedimiento en cuestión.
Las infracciones de los preceptos contenidos en este Reglamento se agrupan a efecto de sanción en: FALTAS LEVES, FALTAS GRAVES, FALTAS MUY GRAVES. Tanto para deportistas, técnicos y socios.
Se consideran Faltas Leves:
- Llegar tarde a los entrenamientos sin causa justificada.
- Proferir palabras mal sonantes o promover discusiones con los compañeros.
- La falta de respeto a los compañeros.
- Retirarse del entrenamiento sin el consentimiento del entrenador o director deportivo.
- El uso indebido y reiterado del material del club.
- La actitud inadecuada en los entrenamientos o competiciones.
- El comportamiento inadecuado durante los trayectos en el medio de transporte y en la estancia en lugares públicos.
- Cualquier falta análoga que la Junta Directiva estime como tal.
- La falta de información al director deportivo (solo entrenadores)
- No hacer cumplir la disciplina propia de su grupo (solo entrenadores).

Las Faltas Leves se sancionan con:
- Advertencia verbal del entrenador
- Suspensión de entrenamientos por tiempo limitado(hasta una semana)
- Realización de ejercicios físicos extras.
- Apercibimiento verbal o por escrito (solo entrenadores)

La potestad de sancionar las faltas leves la tendrá en director deportivo y cada entrenador, sin perjuicio de la potestad sancionadora de la Comisión de Disciplina y/o la Junta Directiva.
Se consideran Faltas Graves:
- Cualquier reiteración de falta leve
- Faltar a las competiciones a las que haya sido convocado, sin causa justificada.
- La falta de respeto grave al entrenador, compañeros, jueces, directivos, etc.
- Inducir actitudes violentas a los compañeros.
- Causar daño intencionado a las instalaciones o materiales, ya sean del club a ajenas.
- El comportamiento incorrecto en competiciones, desplazamientos o concentraciones.
- Cualquier tipo de agresión física, psíquica o verbal hacia cualquier miembro del club.
- Cualquier comportamiento denigrante, ya sea de palabra o verbal hacia cualquier miembro del club.
- Cualquier falta similar que pueda ser considerada como tal por la Junta Directiva.


- Incumplimiento de las directrices acordadas por el director deportivo y la Junta Directiva (solo entrenadores).

Las Faltas Graves se sancionaran con:
- Suspensión de entrenamientos por tiempo limitado (entre una semana y un mes).
- Suspensión de participar en competiciones por tiempo limitado (hasta tres meses).
- Abono de los daños causados.
- Sanción económica grave (solo entrenadores).

Se consideran Faltas Muy Graves:
- La reiteración de cualquier falta grave.
- Manifestaciones públicas de desprecio, insulto o vejación hacia le club o cualquiera de las personas que lo componen.
- Cualquier acto deportivo o no, que cause un perjuicio intencionado al club.
- Cualquier tipo de acción encaminada a generar descontento o división dentro del club y pueda considerarse encaminada a una posible escisión del mismo.
- Provocar o participar en riñas o peleas con otros equipos, directivos, jueces, etc.
- Inculcar actitudes violentas a los deportistas o compañeros.
- Todas aquellas faltas similares que puedan ser consideradas como tales por la Junta Directiva.

Las Faltas Muy Graves se sancionan con:
- Expulsión limitada del club (hasta seis meses).
- Expulsión definitiva del club.
- Suspensión de premios que hubiera tenido derecho.
- Abono de los daños causados.
- Sanción económica grave (solo entrenadores).

Una vez conocida la falta se iniciará el proceso sancionador por la Comisión de Disciplina. La cual, en un plazo máximo de cinco días hábiles, deberá escuchar las alegaciones que tengan que realizar todas las partes incursas en el procedimiento.
En cualquier caso la sanción, impuesta por la Comisión de Disciplina, se comunicará a las partes, como máximo en un plazo de diez días hábiles, desde el inicio del procedimiento.
Cualquier sanción podrá ser recurrida ante la Junta Directiva, por escrito y debidamente motivada. A la vista de las alegaciones, la Junta Directiva, ratificará o revocará la sanción, notificando la resolución adoptada en un plazo no superior a cinco días.
CAPITULO 8
RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
Todas las comunicaciones a los medios de comunicación (prensa, radio, televisión, etc.) serán cometido único y exclusivo de la Junta Directiva, no estando permitido a ningún miembro del club, salvo autorización de la Junta Directiva, que facilite, por su cuenta, información sobre actividades, competiciones o resultados.
DISPOSICIONES FINALES
Para lo no estipulado en el presente Reglamento, lo resolverá la junta directiva, pudiendo delegar en el director deportivo o en otra persona.
Las presentes normas tienen carácter de obligatorio para todos sus miembros. (deportistas, técnicos y directivos)
Se entenderá que una vez formalizada la inscripción como socio o como deportista del club se aceptan, en su integridad, las condiciones establecidas en este Reglamento de Régimen Interno.
El presente Reglamento, podrá ser modificado –ampliado o reducido- a fin de ajustarlo a las necesidades reales del club. Dichas modificaciones, serán competencia exclusiva de la Junta Directiva, por acuerdo tomado en reunión ordinaria de la misma y dadas a conocer a todo el ámbito del Club.
El presente Reglamento de Régimen Interno es de rango inferior a los Estatutos del Club y por tanto todo lo articulado en él queda sometido a los reglamentado en los Estatutos, debiendo remitirse a éstos en todas las cuestiones no contempladas en el Reglamento de Régimen Interno.
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por unanimidad de todos los miembros de la Junta Directiva.
Alba de Tormes  a 10 de Mayo de 2.010

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